NACIONAL
El Tribunal Constitucional ordenó al director de una junta distrital
de la provincia María Trinidad Sánchez la reconstrucción de una caseta
que operaba para servicios de deportes acuáticos en la playa Los
Cocos, del distrito municipal La Entrada, del municipio de Cabrera, la
cual había desmantelado.
El TC otorgó un plazo de un mes, a partir de la notificación, al
director de la Junta Distrital, Manasés Mercado, para que repare la
caseta a la señora Dulce Fidelina Pichardo Pantaleón.
Al mismo tiempo, fijó el pago de un astreinte de RD$5,000.00, por
cada día de retardo en que incurra la Junta Distrital en la
ejecución de la decisión, a partir de la expiración del mes que le dio
para la reconstrucción, el cual dispuso en favor de la señora
Pichardo Pantaleón.
El TC determinó que el derecho de operar dicha caseta en esa playa
había sido adquirido mediante compra efectuada a los señores Santo
Paulino Hernández Núñez y Laudys Yanselys Hernández Brito el 20 de
junio de 2015.
Comprobó que la Junta Distrital violó a la afectada sus derechos al trabajo, a la libertad de empresa y al debido proceso.
Sin embargo, el TC consideró que no se incurrió en violación al
derecho de propiedad, debido a que la Constitución incluye a las playas
dentro de los bienes de dominio público, y que como tales, son
bienes inalienables, imprescriptibles e inembargables.
Puntualizó que “el disfrute y gestión de cualquier área de playa,
autorizado de conformidad con la ley, no puede generar en favor del
beneficiario derechos de propiedad sobre las edificaciones o mejora que
levante o fomente en tales terrenos, porque la naturaleza jurídica de
dichos bienes de dominio público, que se destinan al uso general,
determina necesariamente, para que dicho destino se mantenga inalterado,
que la inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad que los
afecta se extiendan, tanto al suelo, al subsuelo y a todas las mejoras
incorporadas a los mismos”.
La Alta Corte adoptó la decisión mediante la sentencia TC-358-18,
publicada el 3 de septiembre, mediante la cual acogió una acción de
amparo interpuesta por la señora Dulce Fidelina Pichardo Pantaleón en
contra del director de la Junta Distrital de La Entrada.
El TC anuló la sentencia número 00083, del 21 de febrero de 2017,
dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de
Primera Instancia de María Trinidad Sánchez.
La decisión fue adoptada por la mayoría requerida, pero recibió el
voto disidente del magistrado Hermógenes Acosta de los Santos, y los
votos salvados de la magistrada Katia Miguelina Jiménez y Víctor Joaquín
Castellanos Pizano.
Se hace constar en la decisión que no figuran las firmas de los
magistrados Milton Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña
Medrano, segunda sustituta; y Víctor Gómez Bergés, en razón de que no
participaron en la deliberación y votación.
FUENTE: LISTIN DIARIO
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