Andrés Bautista García presentó ante la Segunda Sala (Sala Penal) de
la Suprema Corte de Justicia un formal recurso de apelación en contra
del auto de apertura a juicio dictado en su contra por el magistrado
Francisco Ortega Polanco. La defensa técnica indicó que este recurso de
apelación debe ser admitido y acogido por dicha Sala Penal de la Suprema
Corte de Justicia dado que la decisión del juez Ortega constituye un
nefasto precedente para el sistema de justicia penal, ya que con ella se
convirtió de un plumazo en legislador y también en Constituyente al
crear reglas procesales no existentes y reservadas al legislador,
violando así el principio de separación de poderes que establece la
Constitución y las garantías tanto procedimentales como dogmáticas de la
Constitución de la República.
El licenciado Carlos Salcedo, quien dirige el Consejo de Defensa del
licenciado Bautista García, y los demás integrantes de la defensa, los
licenciados Antoliano Peralta, Gustavo de los Santos y Thiaggo Marrero,
añaden que el magistrado Ortega Polanco prevaricó al señalar textos como
el artículo 24 de la Convención de Naciones Unidas contra la Corrupción
que supuestamente dispone la imprescriptibilidad de los delitos de
corrupción administrativa, cuando dicho artículo en ningún lugar así lo
dice, además que nuestra Constitución lo que establece es la posibilidad
de que el legislador amplíe los plazos de prescripción, sin que exista
una ley tampoco que establezca dicha imprescriptibilidad.
De igual forma la defensa técnica de Bautista García manifestó que de
mantenerse el auto de apertura a juicio el juez Ortega Polanco se
aniquilaría el sentido de la audiencia preliminar y la función del juez,
convirtiéndose este en un juez-Ministerio Público, retrotrayendo con
esto el proceso penal al sistema inquisitivo, el cual quedó felizmente
superado con el Código Procesal Penal.