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Migración viola reglamento al detener y deportar mujeres embarazadas


 

Pese a que el reglamento de aplicación de la Ley de Migración prohibe la detención de menores de edad, mujeres embarazadas o lactantes, envejecientes y solicitantes de asilo, la Dirección General de Migración mantiene la disposición de continuar las deportaciones de las mujeres gestantes.

La prohibición de la detención, para fines migratorios, en los casos citados está plasmada en el artículo 134 del decreto 631-11, sobre el reglamento de aplicación de la Ley General de Migración 285-04, emitido en 2011 por el entonces presidente Leonel Fernández.

El artículo detalla que “la detención se refiere a la privación de libertad y a la custodia del Extranjero por parte de la autoridad migratoria. Se inicia con la expedición de una orden de detención por parte del Director General de Migración, o bien como un paso posterior a la verificación de la condición migratoria ilegal de una persona”.

Agrega que “la detención será el último recurso, de modo que la autoridad migratoria sólo la utilizará en caso que se estimen insuficientes los demás recursos descritos de este Reglamento. La detención nunca será utilizada en los casos de menores de edad, mujeres embarazadas o lactantes, envejecientes y solicitantes de asilo”. 

 

CREDITOS A DIARIO LIBRE

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