El Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) emitió la
Resolución 163-2020, con la cual se busca regular los negocios de venta
de hidrocarburos, a través del Registro Nacional de Estaciones de
Expendio de Combustibles.
La resolución establece que los dueños
de estaciones de combustibles líquidos, de gas licuado de petróleo, de
gas natural, entre otras, que a la fecha de la Resolución 74-217 se
encontraren operando, tienen un plazo de 30 días para someter su
solicitud de registro ante la Dirección de Supervisión y Control de
Estaciones de Expendio de Combustibles.
“Los establecimientos
cuyos titulares no hayan obtemperado al mismo, quedarán impedidos de
acogerse al Programa Nacional de Regularización de Estaciones de
Combustibles y no podrán continuar con los trámites de permisos y
licencias de operación que tengan pendientes”, advierte el MICM.