El Ministerio de Trabajo informó ayer a
toda la colectividad empresarial y trabajadora de la República
Dominicana que el domingo 16 de febrero y el 17 de mayo, del año en
curso, días en que se celebran las elecciones municipales, congresuales y
presidenciales, respectivamente, no son laborables.
La institución recordó que la Ley Orgánica de Régimen Electoral
15-19, en su artículo 211 establece que “el día en que se celebren
elecciones no será laborable en el territorio en que hayan de
efectuarse”.
“Cuando se trate de trabajos que no puedan ser suspendidos, los
empleadores estarán obligados a disponer cuanto sea necesario para que
todos los empleados y trabajadores hábiles para votar que tengan a su
servicio dispongan del tiempo que fuere menester para hacerlo, sin que
por ese motivo sufran ninguna merma en sus salarios y otros derechos que
les correspondan”, agrega.