Un tribunal dictó un año de prisión preventiva en contra del padre y el abuelo de una adolescente de 15 años a quien agredieron y violaron sexualmente, y se encuentra en estado de embarazo de su progenitor, en el municipio Jarabacoa.
Con base en las evidencias aportadas por el Ministerio Público, la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente de La Vega le impuso la medida privativa de libertad a los dos imputados, de quienes el órgano acusador no reveló nombres.
Los imputados, tanto el padre de la víctima como el abuelo paterno, fueron arrestados mediante orden judicial por estar implicados en un incesto, abuso psicológico, sexual y de violación a los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
El órgano persecutor estableció en la instancia con la solicitud de medidas de coerción, que, mientras la menor de edad se encontraba en una finca en Jarabacoa, donde residía con su padre, su madrastra y otros hermanos, su progenitor aprovechó un momento en que se encontraban solos para agredirla sexualmente.
Con relación al caso, el Ministerio Público ha establecido en el proceso que cuando la víctima tenía 13 años de edad su padre se mudó con ella y su familia a otro lugar del mismo municipio, donde continuó perpetrando el hecho, aprovechando que su esposa se iba para la universidad por las noches.
El expediente señala que la víctima quedó en estado de gestación aproximadamente en el mes de junio del año 2023 y que actualmente cursa un embarazo de 32.5 semanas.
Los hechos expuestos por el ministerio público en la instancia indican que el pasado 2 de enero el padre llevó a su hija al hospital a practicarse una prueba de embarazo porque su esposa se percató de que la víctima tenía el abdomen abultado y utilizaba ropas anchas para disimularlo.
Además, revela cuando le entregaron los resultados que arrojaron que la adolescente se encontraba en estado de gestación, su padre le aconsejó que dijera “que el embarazo era de una persona que ella había conocido por la red social Facebook”.
Ante esto, la solicitud de medida de coerción refiere que los hechos venían ocurriendo desde que la menor de edad tenía 10 años, donde también fue agredida sexualmente por su abuelo.
El ministerio público ha calificado el hecho de manera provisional de violación a los artículos 332-1 y 332-2, del Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, y los artículos 1, 12, 18 y 396, literales B y C, del Código para la Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03).
CREDITOS A LISTIN DIARIO
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