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Plazo de 180 días para revalorizar patrimonio resultó insuficiente


 

El plazo de 180 días calendario para acogerse a los beneficios de la Ley 46-20 sobre Transparencia y Revalorización Patrimonial, que venció el pasado 11 de enero, resultó corto para que una serie de contribuyentes pudieran acceder a esta amnistía tributaria.

Fue lo que motivó a la senadora Faride Raful a solicitar una modificación a la legislación, asegurando que todavía varias personas no habían podido declarar y revalorizar sus bienes, planteando primero que se ampliara el plazo por 180 días, mismo que luego pidió fuera por 90.

La ley establece que personas físicas, jurídicas y sucesiones indivisas y cualquier sujeto o ente de derecho privado, pudiera acogerse a esta y declarar o revalorizar sus bienes y derechos y regularizar su situación tributaria por deudas pendientes ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

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