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Las órdenes de alejamiento predominan en los casos de violencia de género e intrafamiliar


 

De 62,598 denuncias de violencia de género e intrafamiliar recibidas en el 2023 por el Ministerio Público, los jueces emitieron 30,088 órdenes de protección o alejamiento. Además, acogieron 1,689 medidas de coerción de las 2,192 solicitadas por los fiscales.

En los cuatro primeros meses del 2024, se emitieron 12,534 órdenes de protección a mujeres que han denunciado violencia, de 20,019 casos registrados en el Departamento de Violencia de Género de la Procuraduría General de la República.

La llamada orden de protección o de alejamiento está reconocida como una medida cautelar, establecida en la Ley No. 24-97 sobre violencia intrafamiliar, que en su artículo 309-4 ordena la protección de la mujer en todas las situaciones: "El tribunal dictará orden de protección a favor de la víctima de violencia, no pudiendo, en ningún caso, acogerse a circunstancias atenuantes en provecho del agresor".

Además, el artículo 309-6 indica que se dicte contra un agresor una "orden de abstenerse de molestar, intimidar o amenazar al cónyuge, excónyuge, conviviente, exconviviente o pareja consensual. O de interferir en la guarda o custodia provisional o definitiva acordada en virtud de la ley o de una orden judicial".

Pero estas medidas han demostrado que no son suficientes para proteger a las mujeres que acuden al Estado, a través del Ministerio Público o la Policía Nacional, a denunciar violencia verbal, física o psicológica.

De acuerdo con las estadísticas oficiales publicadas en el portal web de la Procuraduría, en el 2023 se registraron 65 feminicidios. En muchos de estos casos las autoridades emitieron órdenes de protección o alejamiento a las mujeres víctimas de la violencia machista, lo que no evitó un desenlace fatal. En los primeros seis meses de 2024, las autoridades informaron sobre 28 feminicidios.

Las estadísticas de la Procuraduría no consignan los casos de los feminicidios en los que las víctimas habían obtenido órdenes de protección, pero datos levantados por Diario Libre registran en abril el caso de la modelo Chantal Jiménez, quien se abría paso en la comunicación y fue asesinada por su expareja Yensy Graciano Cepeda, a pesar de que había una orden de alejamiento en su contra.

Este caso cobró notoriedad por tratarse de una joven vinculada a los medios de comunicación; pero también sucedió con Lucero Mateo, de 28 años, ultimada por su expareja, con quien procreó tres hijas. El feminicida había intentado matarla en cuatro ocasiones y, finalmente, consumó el hecho, a pesar de existir una orden de protección.

También, en mayo, Belkis de los Santos Merán, de 40 años, murió como consecuencia de graves quemaduras sufridas cuando su expareja la empapó de gasolina y la incendió, cerrando la vivienda para impedirle salir. De nada valieron las dos órdenes de protección emitidas por las autoridades para Santos Merán. 

Medidas solicitadas 

De 2,192 medidas de coerción solicitadas en el 2023 por el Ministerio Público, en casos denunciados de manera oficial sobre violencia de género, unas 1,689 fueron acogidas por los jueces en las audiencias celebradas en los tribunales nacionales.

El Departamento de Estadísticas de la Procuraduría registra hasta noviembre de 2013, que la mayoría de las solicitudes de medidas de coerción son admitidas por los magistrados y que predomina el pedido de la prisión preventiva.

De 1,654 solicitudes de prisión preventiva, 1,220 fueron admitidas y 12 negadas; en nueve casos revisados fue ratificada la prisión y en dos de ellos variada la medida.

En 427 casos los fiscales solicitaron a los jueces la imposición de una garantía económica a los procesados, de los cuales los jueces acogieron 370 pedidos. A 90 se les impuso presentación periódica ante la fiscalía de 102 pedidos que en ese orden hizo el Ministerio Público.

A seis imputados se les impuso impedimento de salida del país, y a tres medidas de cuidado y vigilancia.

Criterios para solicitudes

¿Cuáles son los criterios que utiliza el Ministerio Público para solicitar la imposición de medidas de coerción en los casos denunciados en el Departamento de Violencia de Género de la Procuraduría?

La procuradora de corte, Ana Andrea Villa Camacho, titular de la Dirección contra la Violencia de Género de la Procuraduría General de la República, explica que cuando una mujer presenta una denuncia de violencia, se activa el protocolo de atención inmediata, investigación y persecución. 

Órdenes de protección a mujeres que han denunciado violencia emitidas en el primer cuatrimestre de 2024.

"Recibimos la denuncia y, como Ministerio Público, tomamos conocimiento muchas veces hasta por rumor público del delito que se está cometiendo. Contactamos a las víctimas directas o indirectas del proceso y activamos primeramente las medidas de protección", expresó Villa Camacho. 

Estas medidas de protección son instruidas por la Procuraduría a todo el Ministerio Público y consisten en recibir las denuncias (no importa dónde ocurra el hecho) y ofrecer a las víctimas las casas de acogida, que se coordinan con el Ministerio de la Mujer. Luego de iniciado el proceso de atención, se comienza la investigación del caso.

"Una medida de protección es, precisamente, el envío de las víctimas a casa de acogida, el acompañamiento policial, las órdenes de protección homologadas por el juez de la instrucción, el desarme inmediato de la persona agresora. La solicitud de la medida cautelar es una medida de protección también, y son varias las medidas de protección que se activan de inmediato", reitera la magistrada.

La fase de investigación que realiza el Ministerio Público es la que determina la medida que se solicita en cada caso denunciado de violencia de género o intrafamiliar, concluye Villa Camacho. Descarta que otros elementos influyan en el proceso.

 

 

 

CREDITOS A DIARIO LIBRE 

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