El Gobierno se propone mantener durante el ejercicio fiscal 2022 las
reducciones hechas durante los últimos años a las asignaciones
presupuestarias de porcentajes fijos que mandan distintas leyes. Para
esta ocasión, las afectadas son 12 instituciones oficiales, incluidas la
Presidencia de la República, los ayuntamientos y la Universidad
Autónoma de Santo Domingo (UASD).
Aunque no dice la proporción de las reducciones, que tradicionalmente
han sido en promedio cerca del 35 % del monto arrojado por el mandato
“legal”, el proyecto de Presupuesto General del Estado (PGE) 2022, cita
las leyes y las instituciones que serán afectadas.
El artículo 35 del proyecto, con el título “Ajustes a recursos asignados por leyes especiales”, indica que “se autoriza al Poder Ejecutivo, por excepción, a apropiar un monto inferior, a los montos que corresponden, según los porcentajes que se especializan para fines distintos en las leyes que rigen a los entes y órganos siguientes”:
Poder Ejecutivo (PE), Congreso Nacional, Poder Judicial (PJ), Junta Central Electoral (JCE), Procuraduría General de la República (PGR), Cámara de Cuentas de la República Dominicana, Ayuntamientos y juntas de distritos municipales, Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), Ministerio de la Juventud, Consejo Nacional para la Niñez y la Adolescencia (Conani), Dirección General de Aduanas (DGA), y Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Existen unas 28 leyes que asignan porcentajes fijos a diferentes instituciones estatales, pero por la rigidez que representan, comprometiendo cerca del 70 % del Presupuesto sin haber sido formulado, nunca son cumplidas, con algunas excepciones como la del 4 % del PIB que manda la Ley 66-97, General de Educación.
Los ayuntamientos y la Universidad Autónoma de Santo Domingo, figuran entre las entidades en las que menos se cumplen los porcentajes establecidos por las leyes que se los fijan. Según la Ley 139-01, en su artículo 91, a la UASD le corresponde el 5 % de los recursos internos estimados en el PGE, pero en la práctica recibe un promedio del 30 % de lo que le corresponde. A los ayuntamientos o gobiernos locales la Ley 166-03, artículo 3, manda asignarles el 10 % de los recursos que ingresan al Fondo General. Reciben un promedio del 40 % de los ingresos que les tocan por ley.
Del grupo de los órganos oficiales que seguirán “ajustados” en el
proyecto de PGE 2022, la DGII y la DGA están en la lista. A la DGII,
según la Ley 227-06, artículo 14, le corresponde el 2 % de sus
recaudaciones y el 0.5 % de su recaudación efectiva.
Usualmente recibe entre 40-50 % del primer concepto y cerca del 90 % por
el segundo. En el caso de la DGA, según la ley 226-06, artículo 14, le
corresponde el 4 % de sus recaudaciones, pero generalmente recibe el
equivalente a la mitad de su derecho.
La Presidencia de la República, que en la propuesta figura con potencial de ajuste en sus asignaciones legales, tiene dos conceptos de asignaciones fijas: El Fondo del Presidente, que instituye la Ley 423-06, en el artículo 32, que manda el 5 % de los ingresos corrientes, y el artículo 33 de la misma ley, que asigna un 1 % de los ingresos corrientes para un Fondo de Calamidad Pública, cuyo manejo le corresponde al Poder Ejecutivo. El primer fondo es el que menos se ha cumplido históricamente, y la asignación ha fluctuado entre 20 y 25 % del valor que debe representar.
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