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El proxenetismo es penado en RD, la prostitución no


 

La prostitución no está sancionada por las leyes dominicanas. Lo ha recordado ayer la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por medio de jurisprudencia de la Sala Penal enviada a los medios de comunicación, donde deja claro que quienes se benefician de la prostitución, es decir, los proxenetas, estos sí podrían ser sujetos de sanción judicial.

Indica el comunicado de la Suprema Corte de Justicia que quien explote y se lucre de la prostitución puede ser sancionado al amparo del artículo 334 del Código Penal Dominicano.

En el Código Penal propuesto y que se encuentra pendiente de conocer en la Cámara Diputados, tampoco se establece sanción para este tipo de trabajo.

A pesar de esto, las denuncias que reseñan los medios sobre los grupos que se dedican a esa práctica para ganarse el sustento, dan cuenta de malos tratos y agresiones por parte de agentes de la Policía Nacional a las trabajadoras y trabajadores sexuales.

 

CREDITOS A DIARIO LIBRE

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