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Miembros JCE y Cámara de Cuentas deben estar desvinculados de la política cinco años antes de escogencia


 

La propuesta de reforma constitucional del Poder Ejecutivo plantea que los miembros de la Junta Central Electoral (JCE) y la Cámara de Cuentas (CC) no podrán haber estado inscritos en un partido político ni realizado actividades de proselitismo político de manera notoria, reconocida y constante durante los cinco años previos a su designación.

El proyecto fue presentado este miércoles en la reunión del Consejo Económico y Social (CES) y busca garantizar la independencia de esas instituciones.

El artículo 249 de la Constitución establece que los requisitos para ser miembro de la Cámara de Cuentas son: ser dominicano o dominicana en el pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, ser de reconocida solvencia ética y moral, haber cumplido la edad de treinta años, acreditar título universitario y estar habilitado para el ejercicio profesional, preferiblemente en las áreas de contabilidad, finanzas, economía, derecho o afines, y las demás condiciones que determine la ley.

“En cuanto a la Cámara de Cuentas, se establecería como requisito para ser miembro que, durante los cinco años previos a su designación, la persona no haya estado inscrita en un partido político ni haya realizado actividades de proselitismo político de manera notoria, reconocida y constante”, plantea el Poder Ejecutivo en su propuesta de reforma.

 

CREDITOS A DIARIO LIBRE

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