El Poder Ejecutivo depositó este viernes ante la Cámara de Diputados del Congreso Nacional, el Proyecto de Ley de Referendo o Referéndum, que es un procedimiento jurídico por el que se somete al voto popular, leyes o actos administrativos para su ratificación.
La pieza, que tiene la especificidad de referirse exclusivamente al referendo en su modalidad consultiva y constitucional aprobatoria, establece este procedimiento de participación directa de la ciudadanía para aprobar las propuestas de modificación de la Constitución, una vez votada y aprobada por la Asamblea Nacional Revisora.
De igual modo, indica que las propuestas aprobadas por la Asamblea Nacional Revisora podrán ser aceptadas o rechazadas conforme al procedimiento previsto en la Constitución y en la presente ley.
Uno de sus párrafos dice que el referendo constitucional aprobatorio se requiere cuando la reforma verse sobre derechos, garantías fundamentales y deberes, el ordenamiento territorial y municipal, el régimen de nacionalidad, ciudadanía y extranjería, el régimen de la moneda, y sobre los procedimientos de reforma instituidos en la Constitución, la aprobación de la mayoría de los ciudadanos y ciudadanas con derecho electoral.
Asimismo, que el referendo constitucional aprobatorio no tendrá lugar durante la vigencia del estado de excepción en cualquiera de sus modalidades.
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