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Cambian la facturación eléctrica en las “horas de punta”


 

La Superintendencia de Electricidad (SIE) amplió mediante resolución el período para la facturación de la potencia consumida durante las “horas de punta” de los usuarios regulados en tarifas de baja y de media tensión horaria.

La medida de la SIE modifica el período de horas de punta dispuesto por la resolución SEIC-237-98, la cual establecía que dicho tiempo estaría comprendido entre las 18:30 y las 23:00 horas de cada día del año.

A partir de la resolución SIE-007-2021-MEMI de la Superintendencia se modifica las horas de punta para que en lo adelante las empresas distribuidoras de electricidad (EDE) la establezcan desde las 19:00 hasta las 24:00 de cada día del año.

Dentro de las motivaciones, la institución explica que la modificación horaria permitir “contribuir al desarrollo, fomento, competitividad y consolidación económica del sector industrial dominicano”.

La Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) solicitó a la Superintendencia de Electricidad a mediados de 2019 y 2020 la adecuación de la tarifa regulada horaria a raíz de una resolución de fijación dictada por el Organismo Coordinador.

El sector industrial representa la mayor titularidad contractual bajo el régimen de la tarifa regulada horaria, según establece el documento de la SIE.

La Superintendencia instruyó mediante el documento a la Edesur, Edeeste y Edenorte para que en un plazo no mayor de 30 días calendario notifiquen a los usuarios regulados de baja y media tensión horaria “para que realicen las adecuaciones de consumo que correspondan”.

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