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Tribunal Superior Administrativo ordena suspensión de licencia ambiental de proyecto en Boca de Yásica, Cabarete.


 Por Francis Aníbal

SAN PEDRO DE MACORIS. La Coalición para la Defensa Ambiental Nacional, encabezada por el Instituto de Abogados para la Protección del Medio Ambiente (INSAPROMA), logró que el Tribunal Superior Administrativo ordenara la suspensión de la licencia ambiental 0374-19 del proyecto Ritz Carlton Reserve que esta desarrollando la empresa Connemara SRL.  en el área protegida “Boca de Yasica”, en Cabarete.

La información fue suministrada por los ambientalistas David Montesdeoca y Víctor Soufront, de la Coalición Ambiental del Este.

 Manifestaron que la suspensión de dicha licencia está contenida en la Sentencia No. 0030-01-2020-SSMC-00090, de fecha 18 de Diciembre 2020, indicando a seguidas que sobre la misma el TSA está apoderado de un recurso contencioso administrativo, en  procura de su cancelación definitiva.

Afirmaron los abogados de INSAPROMA que la licencia suspendida constituye una aberración legal y Ambiental y es una más de las Licencias otorgadas por el ex-ministro Angel Estévez, en violación a las normativas ambientales que estaba obligado a defender y que al igual que la licencia  ya suspendida de Guaraguao-Catuano, (Cotubanama) y las otorgadas en las áreas protegidas de Bahía de Luperon, Sierra de Bahoruco, Pico Diego de Ocampo y la última concedida para el aeropuerto de Bávaro, son Licencias  violatorias a la ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 

Los licenciados  Euren Cuevas Medina y Nelson Pimentel, manifestaron su satisfacción por la decisión del referido tribunal y señalaron que este es un  triunfo de todo el pueblo dominicano y felicitaron la firmeza y compromiso con  la lucha ambiental de Somos Pueblo, Asoprocaso y los demás accionantes.

Indicaron que con esta decisión se salva el Rio Yasica, se recuperan humedales, dunas y manglares que se estaban destruyendo y se hace respetar la constitución y la ley,  violada flagrantemente por Angel Estevez, ya que los ríos, playas y áreas protegidas son inembargables, imprescriptibles e intransferibles. 

Puntualizaron los juristas ambientales que este proyecto está localizado en un área nacional de recreo declarada por el decreto 847-09 como no urbanizable, según resolución 9/2012 del Ministerio de Turismo, que aprueba el ordenamiento territorial del Distrito Municipal de Cabarete, área altamente sensible y zona de inundación del río Yasica.

La decisión del TSA se fundamentó en el trabajo realizado por La Academia de Ciencias de la República Dominicana y  la Comisión Ambiental de la UASD, encabezada por Milton Martínez y Milcíades Mejía, remitido a la  Procuraduría Ambiental, por el coordinador de la Comisión Luis Carvajal, en el informe.

Declararon que se depredó alrededor de 20,000 metros cuadrados de humedal y manglares, así como las actas e informes levantados por la Procuraduría Especializada de Medio Ambiente, que dirige el magistrado Francisco Contreras y fue  representada en audiencias por los magistrados, José Espinal Beato y Yisel Acevedo.

Los juristas Euren Cuevas y Nelson Pimentel afirmaron que el pleito apenas inicia, pues han interpuesto una querella con constitución en parte civil en contra del ex funcionario, los responsables del proyecto Ritz Carton Reserve y posiblemente se amplíe, toda vez que hay un daño terrible y permanente al medio ambiente y los recursos naturales, el cual debe ser restaurado, y los responsables pagar conforme a las normativas legales que establecen hasta 10 años de prisión por el crimen cometido en adición a las sanciones pecuniarias.

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