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Pistas para entender un aeropuerto

 

Si la brevedad es el alma del talento, tal apuntaba Shakespeare, Antonio Tabucchi lo demostró sobradamente cuando escribió Sostiene Pereira, una joya de extensión tan corta que deja al lector con hambre voraz de otra ración de una prosa rica en matices, con atisbos insospechados del alma humana y no poco desconcierto. Narra la conversión de un apagado periodista lisboeta, católico convencido, a la causa de la libertad durante la dictadura de Salazar,  y de cómo burló la censura para apostrofar al régimen. Mi pasaje favorito es cuando a Pereira le viene a la cabeza la frase de un tío, escritor fracasado: “La filosofía parece ocuparse solo de la verdad, pero quizás no diga más que fantasías, y la literatura parece ocuparse de fantasías, pero quizás diga la verdad”. 

La verdad, como los hechos, es tozuda; aparece y desaparece tanto en la filosofía como en la literatura, pero en estas latitudes caribeñas a menudo tiene pintas de fantasía. Ya sea por lo irreverente, o por lo sorprendente. La certeza que a los abogados nos dan los códigos, las leyes y las normas palidece ante lo que nos reserva el día a día, y en la manera como colegas nuestros,  que a la erudición agregan las canas de la experiencia, intentan vestir a la ficción con traje de realidad. 

En su brevedad, la Resolución No 017/20, mediante la cual el Instituto Dominicano de Aviación Civil suspende la construcción y fiscalización del Aeropuerto Internacional de Bávaro, nos ha traído más de una sorpresa.  No tanto por el apretado catálogo de irregularidades que evidencian acciones non-sanctas en la aprobación apresurada, en plena pandemia y posteriormente durante la transición, de un proyecto de envergadura tal que deja en veremos si la ley de la gravedad aplica a sus patrocinadores, al menos a los que aparecen públicamente. Similar a un ejercicio de levitación, vale decir, a tener las extremidades inferiores en otro lugar y no sobre la tierra, es creerse la prometida inversión de US$200 millones en el AIB, habida cuenta de que el último boletín del Banco de Reservas con las propiedades incautadas y en venta al mejor postor, oferta un número impresionante de solares y apartamentos en Cap Cana. Tabucchi escribió esa obra maestra en dos meses. Y en más o menos en igual período, el gobierno pasado cometió el dislate de aprobar la aventura del AIB. Boquiabierto me ha dejado otra verdad, rayana en la literatura de ficción. Con insistencia y apegados a la Ley de Acceso a la Información Pública, los abogados de la Corporación Aeroportuaria del Este habíamos instado al IDAC durante el danilato a que nos su
ministrara toda la documentación depositada por el Grupo Abrisa para sustentar los permisos para el AIB, así como los informes técnicos que avalaban la decisión oficial. 

La Resolución No 017/20 nos ha dado la respuesta, inesperada por demás: no hay tales estudios, no hay tal documentación sino fantasías técnicas, amagos de verdades que los letrados de enfrente han camuflado con sofismas jurídicos. Nada de ficción: se dio permiso para construir un aeropuerto sin los títulos de propiedad de los terrenos donde se haría; sin que la autoridad competente comprobara la existencia legal o supiera quiénes son los legítimos accionistas de la sociedad llamada Aeropuerto Internacional de Bávaro, —que bien podrían ser chinos, venezolanos chavistas o marcianos—,  sin estudios geodésicos... Más atinado  citar al IDAC y así  disipar cualquier trasunto de que estamos en literatura. Faltaban, o sea, nunca existieron,  “... la verificación de que el mismo cumple en su totalidad con la legislación nacional en lo relativo al impacto ambiental; los documentos corporativos que avalan la constitución o incorporación de la empresa, y que contiene información sobre sus socios, gerentes o directores; el cumplimiento de las normas aplicables a la contratación o concesión de infraestructuras de esta naturaleza; la notificación o aviso a los propietarios, poseedores y tenedores a cualquier título, de los predios vecinos a los que se proyectaconstruir dicho aeropuerto en cumplimiento de los Artículos 161 y 164 de la Ley No. 491-06; el Certificado de Titulo que ampara la propiedad del terreno donde se proyecta construir o el documento justificativo del goce o posesión legitimo del mismo; los estudios correspondientes para la determinación de los costos y beneficios que conllevaría para el Estado dominicano realizar las inversiones requeridas para equipar y prestar servicios en dicho aeropuerto, así como la viabilidad de las modificaciones en los procedimientos de navegación aérea citados”. Resultaba imposible al IDAC responder a nuestro reclamo de transparencia, y recién sabemos el porqué. Y también que siempre fue fantasía, y no filosofía,  la promesa pública del Grupo Abrisa, por boca de Abraham Hazoury, de abrir un espacio en internet con toda la documentación sobre el AIB.

 

CREDITOS A LSITIN DIARIO


 

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