El Ministerio de Salud Pública emitió hoy la Resolución 000021
en la que dispone que los establecimientos de expendio al público de
alimentos y bebidas alcohólicas de tipo colmados, cafetería y de venta
al detalle o similares deberán operar en el horario de 6:00 de la mañana a 8:00 de la noche, como una medida para prevenir el COVID-19 en República Dominicana.
La resolución dice que los citados establecimientos podrán realizar entregas a domicilio hasta las 9:00 de la noche.
CREDITOS A DIARIO LIBRE