Un 46 % de los conductores evaluados en el primer punto de revisión
de alcoholemia, dio positivo a la presencia de alcohol en su organismo,
después de una prueba inicial cualitativa o de tamizaje realizada por la
Unidad de Alcoholimetría de la Dirección General de Seguridad de
Tránsito y Transporte Terrestre (DIGESETT).
En total, se evaluó a 65 conductores de manera aleatoria, resultando
que 30 reflejaron presencia de alcohol en el organismo en la prueba
inicial cualitativa o de tamizaje, mientras que los 35 restantes dieron
negativo.
De los 30 conductores cuya evaluación cualitativa arrojó presencia de
alcohol en el organismo, en una segunda prueba cuantitativa o
evidencial, 17 resultaron con un grado superior al
legal permitido por la Ley 63-17, que es 0.25 mgr/l en el aire espirado,
lo que equivale a un 57% del total; mientras que 13 conductores ( 43 %
), dieron niveles por debajo del legalmente establecido en esa segunda
prueba, por lo que pudieron marcharse hacia sus respectivos destinos.
En resumen, el informe realizado por el Observatorio Permanente de
Seguridad Vial del INTRANT (OPSEVI), con datos recogidos por la
DIGESETT, indica también que de los 17 conductores que sobrepasaron el
límite de alcohol legal permitido, cinco lograron disminuir su grado de
alcoholemia luego de las horas de espera establecidas por la Ley, y 12
pudieron marcharse con familiares y/o relacionados que se
responsabilizaron de llevarlos a su destino final, ya que no alcanzaron
disminuir el nivel de alcohol, como lo establece el Párrafo I del
Artículo 259 de la Ley 63-17.
Asimismo, el comunicado expresa que del total de conductores que
arrojó resultados positivos respecto a la presencia de alcohol en la
prueba inicial cualitativa o de tamizaje, 22 resultaron ser hombres y
ocho mujeres, mientras que de los que permanecieron en observación hasta
bajar los niveles de alcohol en su organismo, 13 fueron hombres y 4
mujeres.
El Artículo 259 de la Ley 63-17 expresa que “las pruebas del
alcoholímetro serán efectuadas sobre conductores y peatones que deberán
espirar sobre el instrumento, con el propósito de detectar la presencia
de alcohol en la respiración, y determinar el grado consumido. Párrafo.-
Cuando la prueba del alcoholímetro resulte positiva, el agente de la
DIGESETT podrá mantener bajo vigilancia al conductor hasta por cuatro
horas. Sin embargo, el conductor podrá marcharse inmediatamente si se
presenta un familiar o relacionado que se responsabilice de llevarlo a
su destino”.
El operativo, llevado a cabo por agentes de la DIGESETT y supervisado
por el INTRANT, tiene como propósito educar a la ciudadanía sobre los
efectos negativos de conducir en estado de ebriedad, por lo que durante
esta fase no se aplicará sanción económica, sin embargo, el proceso de
implementación se realiza tal y como lo establece la Ley 63-17 de
Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la
República Dominicana.
“Se prohíbe a los conductores de vehículos ingerir bebidas
alcohólicas mientras transitan por las vías públicas, o conducir en
estado de embriaguez. Las personas que incurran en la violación a esta
disposición serán sancionadas con una multa equivalente de cinco (5) a
diez (10) salarios mínimos del que impere en el sector público
centralizado y la reducción de los puntos de la licencia que determine
el reglamento, sin perjuicio de las disposiciones relativas a la
suspensión y cancelación de la licencia de conducir”, así lo establece
el Artículo 256 de la Ley 63-17.
Para llevar a cabo la implementación de los puestos de revisión, el
INTRANT, conjuntamente con la DIGESETT, desde el 2017 ha agotado un
arduo proceso de entrenamiento y capacitación técnica y metodológica, de
la mano del Instituto de las Naciones Unidas para la Formación
Profesional y la Investigación (UNITAR), la IARD y el Centro
Internacional de Formación de Autoridades y Líderes (CIFAL).
Para implementar los puntos de revisión de alcoholemia en las vías,
el INTRANT entregó a la DIGESETT ocho alcoholímetros evidenciales y 32
de tamizaje, así como todos los elementos que conllevan los puntos de
revisión, como chalecos, conos, luces reflectoras, reductores de
velocidad, carpas, planta eléctrica, cámaras corporales, entre otros,
recibidos como donación de la IARD y la Industria Licorera Regional y
Local.