La Junta Central Electoral (JCE) dispuso que todo ciudadano interesado
en cambiar de domicilio deberá aportar documentos que justifiquen su
requerimiento, tales como contrato de alquiler de vivienda, facturas de
luz, agua, teléfono, cable colegio u otros servicios.
Además, recibo de envío de remesas o mercancías que especifiquen la
nueva dirección del ciudadano, así como otros documentos que comprueben
la residencia en la nueva dirección que afirma tener.
En caso de no tener facturas de servicios, ni contrato de alquiler,
entonces, deberá presentar copia de cédula de la persona con quien vive.
Se hace constar que el encargado o supervisor que no haga cumplir esta
medida, tendrá que ofrecer explicación detallada a su superior
inmediato. La disposición fue emitida en virtud de la ley de Régimen
Electoral no. 15-2019 y de la resolución 15-2019, según la circular
04-019 del pasado jueves 27, bajo la firma de la Dirección Nacional de
Cedulación que encabeza Américo Rodríguez.