Un
conjunto de ciudadanos y organizaciones presentó hoy ante el Tribunal
Superior Administrativo una acción legal mediante la cual lograron
postergar el conocimiento de una medida cautelar y un recurso de nulidad
que habían sido depositados por políticos y activistas religiosos en
contra de la Orden Departamental No. 33-2019 del Ministerio de
Educación, la cual establece como prioridad el diseño e implementación
de la política de equidad de género en el sistema educativo.
La
acción se trata de una demanda en intervención voluntaria, en ocasión
de los recursos interpuestos por Carlos Peña y sus seguidores en contra
de la referida orden, en la que Matías Bosch Carcuro, Khrista Ochoa,
Airon Fernández, Evelin Guerrero, Sergia Galván, Mary Cantisano y Syra
Taveras, respaldados por múltiples organizaciones, y representados por
los abogados Jaime Rodríguez y Edgar García.
Tanto
Bosch como el abogado Rodríguez afirmaron que la petición de una medida
cautelar y el propio recurso de nulidad “carecen de todo fundamento
jurídico y además desconocen la naturaleza de los actos
intra-administrativos del Estado”, además de desconocer que la Orden
Departamental “pone en marcha una disposición de la Constitución, la Ley
General de Educación, la Ley de Estrategia Nacional de Desarrollo, e
incluso del Pacto Educativo, que en todos los casos se refieren a la
educación integral integrando la perspectiva de no discriminación,
cultura de paz y equidad de género”.
Bosch
a la vez aseveró que “esta acción sin fundamento no tiene viabilidad
jurídica, y además constituye un uso político del tema educativo y de
las instituciones judiciales, con el ánimo de posicionar determinadas
candidaturas e ideologías, y que además polarizan a la sociedad con un
discurso conflictivo y atemorizante sin justificación alguna, y sin
presentar propuestas alternativas”.
Los
abogados Rodríguez y García pidieron al tribunal aplazar la audiencia
para que las intervenciones puedan ser conocidas por todas las partes, y
en su texto rechazan en todas sus partes la solicitud de medida
cautelar que sometió Peña contra la orden departamental, porque no
cumple con los requisitos exigidos para dictar dicha medida por la
no existencia de peligro en la demora, la no apariencia de buen derecho y
la no afectación grave al interés general o de terceros.
Explicaron
asimismo que la Orden Departamental continúa en marcha y que al
contrario de los intentos por anularla “la suspensión de los efectos de
la orden departamental generaría una afectación grave al interés
general, toda vez que le impediría al Ministerio de Educación formular
una política de equidad de género para ser luego discutida y aprobada
por el Consejo Nacional de Educación, cumpliendo los procedimientos y el
mandato constitucional. De esta manera se impediría a este órgano de la
Administración Pública poder cumplir con sus obligaciones jurídicas y
las personas, especialmente los niños y jóvenes, serían privados de
políticas que promuevan su equidad en derechos, igualdad y cultura de
paz”.