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Los límites a la reelección protegen los derechos ciudadanos

Los límites de la reelección tienen como objetivo principal la preservación de la democracia así como la protección del derecho humano a la participación política, según un informe de la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho.
El documento, aprobado por la Comisión de Venecia en su versión 114 Sesión Plenaria del 16 y 17 de marzo de 2018, indica que estas limitaciones representan un medio para reducir el peligro de abuso de poder por parte de la cabeza de gobierno de un país.
Entre sus conclusiones también destaca que estos términos, que están dentro de la Carta Magna de una nación, solamente deberían ser modificados por decisión del pueblo.
“Cuando el pueblo decide adoptar un sistema presidencial o semipresidencial, también tiene la facultad de decidir el poder presidencial y el período de la presidencia.
Por lo tanto, los límites a la reelección presidencial son una restricción autoimpuesta al poder del pueblo de elegir libremente a un representante con el objetivo de mantener un sistema democrático”, manifiesta.
Propuesta de Almagro
Este estudio sobre el Der echo a la Reelección propuesto por el secretario general de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, fue pensado a propósito de “las malas prácticas” que han tomado algunos gobiernos a la hora de modificar los períodos legislativos, mediante decisiones en cortes constitucionales y no a través de un proceso de reforma.
La publicación, de 28 páginas, enumera entre sus conclusiones que un referendo no debería ser utilizado para evitar los procedimientos parlamentarios de enmienda.
“Los referendos populares orientados a abolir los límites a la reelección presidencial son particularmente peligrosos, en tanto que generalmente es el presidente en funciones quien -directa o indirectamente- pide el referendo y el referendo mismo es una manifestación de los poderes plebiscitarios que se proponen prevenir las limitaciones a los mandatos presidenciales”, detalla.
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos adopta la posición que los estados tienen la necesidad de acoger medidas legislativas, aclarando que éstas no deben ser discriminatorias, para así garantizar a los ciudadanos derechos protegidos.
Es la Constitución
Otro punto tocado es que los mandatarios no tienen derecho, tras un primer mandato, a postulación presidencial si la Constitución dispone lo contrario.
“La restricción del derecho de los presidentes en funciones a ser elegidos se deriva de una elección soberana del pueblo en busca de los objetivos legítimos de interés general, que prevalecen por sobre el derecho del Presidente en funciones”, explica la Comisión de Venecia.
CRONO
Modificación
El 12 de junio de 2015 fue modificada la Constitución con el fin de restablecer la reelección presidencial, que había sido retirada en la Carta Magna de 2010.
La incógnita
Danilo Medina no ha dicho si optará por modificar la Constitución.

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