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Finjus considera necesario arreglar “lagunas” en la Ley de Partidos del Senado

NACIONAL
SANTO DOMINGO. La Fundación Institucionalidad y Justicia (Finjus) manifestó que es preocupante que en el proyecto de Ley de Partidos aprobado por el Senado, en lo relativo al sistema de sanciones y consecuencias, no se encuentran debidamente delimitado y regulados de manera específica delitos propios de esta materia tanto en contra de las agrupaciones como de sus miembros.

Finjus advirtió que al no haber suficiente tipicidad de los elementos constitutivos o no subsumirse a plenitud a la figura penal referida, podría ocurrir que un hecho potencialmente punible no pueda ser perseguido o condenado como corresponde.

Recomendó que para fortalecer la vida interna de las organizaciones partidarias se debe reflexionar sobre la necesidad de tipificar en esta ley, de manera integral, aquellos delitos o infracciones en virtud de su naturaleza política y no dejarlos a la posibilidad de que se asimile al contenido de la figura del abuso de confianza en el Código Penal (artículo 408).

Formación política
La Finjus señaló que constituye un claro retroceso, de cara al proyecto inicial de la Junta Central Electoral, lo relativo a la inversión de los partidos en la formación política de sus miembros e instancias internas.

Precisó que mientras en el proyecto inicial, en su artículo 30 mandaba a invertir el 25% del monto de fondos públicos recibidos por los partidos políticos a la especialización para la formación política, la redacción alterna del Senado, en su artículo 34, reduce drásticamente este monto a un pírrico 10%. Sobre el financiamiento privado de los partidos y el tope de un 1% de los fondos que recibe cada partido del Estado, Finjus opinó que esta modalidad no combate el clientelismo y las formas asistenciales que pueden formar parte eventualmente del modus operandi de los partidos y agrupaciones políticas en determinados momentos.

“Por tanto, es menester que un proyecto de ley de partidos especifique montos exactos de financiamiento por parte de quien contribuya individualmente, en atención a los salarios mínimos nacionales, cuya variación no depende de las variables propias que puedan presentarse en un torneo electoral”, afirma.

Planteó que es necesario exigir no tan sólo la transparencia de publicación que indica la redacción actual, sino una publicitación del origen de los fondos tanto de las personas físicas como de las personas morales.

“Deben aparecer prohibiciones expresas de contribuciones de personas físicas, cuyas personas morales (empresas) hayan favorecido previamente con sus fondos a los partidos, movimientos y agrupaciones políticas”, indicó.

Otro punto que preocupa a Finjus es lo referente al financiamiento proveniente de actividades ilícitas “al que pudiera acceder un candidato en su afán por adquirir la mayor promoción personal posible”.

La institución indicó que esta agravante atenta contra los principios de legalidad de una contienda electoral, por lo que resulta deseable la implementación de mecanismos de control que permitan garantizar el origen lícito de todos los recursos utilizados en una precampaña, en el marco de la ley de lavado de activos.

Democratizar los medios
Finjus manifestó que se necesita mayor democratización de los medios de propaganda política transmitida en medios de comunicación gubernamentales, porque en los tiempos de campaña “resulta evidente el uso desmedido por parte del Gobierno de turno para favorecer a los candidatos del partido de gobierno”.
 
 
DIARIO LIBRE

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