NACIONAL
El Tribunal Constitucional (TC) rechazó un recurso de revisión en
materia de amparo interpuesto por los exjueces Rosó Vallejo Espinosa y
Víctor Mejía Lebrón, quienes fueron destituidos por supuestamente formar
parte de una estructura que a lo interno del Poder Judicial negociaba
sentencias.
Vallejo Espinosa, Mejía Lebrón y José Dionicio Duvergé Mejía fueron
destituidos como jueces por el Consejo del Poder Judicial (CPJ),
mediante la resolución núm. 07/2016, luego de haber sido sometidos a un
juicio disciplinario.
Inconformes con la decisión del CPJ, Vallejo Espinosa y Mejía Lebrón
sometieron un recurso de amparo en el que invocaban la protección de sus
derechos fundamentales, y mediante la sentencia núm. 00429-2016, del 24
de noviembre de 2016, la Primera Sala del Tribunal Superior
Administrativo declaró inadmisible la acción, por existir otra vía
judicial efectiva para los fines perseguidos por los dos.
Según el TC, los accionantes en amparo y actuales recurrentes en
revisión constitucional, Rosó Vallejo Espinosa y Víctor Mejía Lebrón,
pueden acudir al Tribunal Superior Administrativo mediante un recurso
contencioso administrativo, por ser la vía idónea para la solución del
conflicto.
En tal virtud, rechazó el recurso de revisión constitucional en materia
de amparo, y en consecuencia, confirmar la sentencia recurrida.
Expediente Awilda y Arias Valera. Vallejo Espinosa y Mejía Lebrón son
parte de seis jueces que fueron acusados junto a la también destituida
Awilda Reyes Beltré, y al renunciante miembro del CPJ, Francisco Arias
Valera, por el exprocurador general Francisco Domínguez Brito, de
“manipular procesos judiciales y negociar libertades de personas ligadas
al crimen organizado, sobre todo en las áreas de narcotráfico, lavado
de activos y corrupción”.
De ese grupo de seis, uno, Delio Antonio Germán Figueroa, fue
reivindicado y excluido del expediente, y solo Reyes Beltré y Arias
Valera enfrentan un juicio penal desde 2015 con muchos incidentes.
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